se acuerda la revisión de la medida por cuanto es un Derecho de todo imputado, interpuesta por el DR. ELIAS DANIEL MONSALVE, Defensor Público Primero, actuando en su carácter de Defensor del imputado: CAMACHO PARAQUEIMO JEAN CARLOS, por lo antes expuesto se decreta SIN LUGAR, la sustitución de la medida solicita por la Defensa Pública, y por ende SE RATIFICA, en los mismos términos dictados en la decisión de fecha: 18-11-2007, donde le fue decretada Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, impuesta al imputado: CAMACHO PARAQUEIMO JEAN CARLOS.