Por todas los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del estado Miranda Extensión Valles del Tuy, Impone la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el articulo 256 en su ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia DECRETA la Libertad Inmediata al investigado CABALLERO REINALDO PRIMERO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.087.798, de 25 años de edad, nacido en fecha 22-08-78, de oficio obrero, de padres Caballero Fany (v) y Reinaldo Muñoz (v), domiciliado en el manguito dos, calle las brisas, casa Nro. 24, Municipio Paz Castillo, Estado Miranda, por lo que el imputado de autos deberá presentarse por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada Ocho (8) días por el lapso de seis (6) meses y consecuencialmente remitir la presente causa a la Fiscalia actuante a los fines de continuar las investigaciones por lo tramite del Procedimie.....