Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 22 de febrero de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual los adolescentes para el momento del hecho SE OMITE SEGÚN ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 374 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal; SE OMITE SEGÚN ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, y SE OMITE SEGÚN ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, , ambos por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto en el artículo 376 del Código Penal; fueron sancionados a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y simultáneamente la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN AÑO, de conformidad con.....