DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público y vista la pérdida del Intereses Procesal y en consecuencia el abandono de trámite, se declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana ROSA ARTECA CAFARO contra la Providencia Administrativa Nº 363-2005, de fecha 27 de abril de 2005, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, mediante el cual declaro sin lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por la señalada ciudadana contra la citada providencia administrativa.-
Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República.-
De conformidad con e.....