ACUERDA CONCEDERLE al imputado: LUIS ALBERTO RANGER BIAMONTC, titular de la cédula de identidad N° 17.119.834, La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenidas en el artículo 256 numeral 3° presentación cada Cuarenta y Cinco (45) días por ante El Tribunal Tercero en función de Control, de esta Extensión Judicial y la practica de un Examen Medico Forense una vez que el mismo sea impuesto de la presente solicitud, en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Estadal de Guarenas, Estado Miranda, por lo cual el mismo será nombrado correo especial para la entrega del oficio, donde se le solicita a dicho Cuerpo Departamento Forense, la practica del mismo y ASI SE DECIDE. Líbrese Boleta de Excarcelación a nombre del ciudadano: CASTRO LUIS ALBERTO RANGER BIAMONTC, titular de la cédula de identidad N° 17.119.834, líbrese Boleta de Citación a los fines de que sea impuesto de las condiciones aquí contenidas.