DISPOSITIVO
Con base en los anteriores razonamientos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, en el estado procesal en que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo con sede en Charallave, fije oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, previa notificación de la parte demandada. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.