SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A presentada por los ciudadanos: ALIRIO PEROZA y MARIALY KHARY PEROZA GONZALEZ, titulares de la Cédulas de Identidad N° V-4.386.259 y V-14.688.725, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los une, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 21 de septiembre de 1977, según consta de Acta de Matrimonio Nº 398. Que una vez casados fijaron como su último domicilio conyugal en la Urbanización Ciudad Zamora, Manzana 13, Torre "B", Apartamento 43B, Cuá Jurisdicción del Municipio Rafael Urdaneta de Estado Bolivariano de Miranda, el cual habitaron ininterrumpidamente hasta hace más de cinco (5) años, cuando materializaron su separación de hecho. Que durante la unión no procrearon hijos. Que durante la unión no adquirieron ningún bien ganancial dentro de la comunidad conyugal. ASI SE DE.....