emite los siguientes pronunciamientos: REVOCA la medida cautelar Sustitutiva de Libertad que le fuera acordada al citado joven y en su lugar acuerda la LOCALIZACIÓN Y CAPTURA del joven IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS. Se acuerda en consecuencia expedir boleta de ingreso a nombre del referido joven, dirigida al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, Región Policial N° 3, para que el mismo sea capturado y puesto a la orden de este Juzgado. Fijándose como sitio de reclusión el Internado Judicial Capital El Rodeo 2, con sede en Guatire, Municipio Zamora, del Estado Miranda; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal.............