...por autoridad de la ley, en la competencia que le atribuyen los artículos 69, 471 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, emite el pronunciamiento siguiente: ÚNICO: Por cuanto el ciudadano DIAZ TERAN RENNY DAVID, venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad personal número V-22.754.601, residenciado en: Urbanización Cacique Tiuna, Edificio 26, planta baja, Nro. 5C, Caracas, Distrito Capital, se encuentra actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, cumpliendo la condena que le fuera impuesta, y siendo que debe el mismo ser notificado de decisión dictada por este Tribunal en fecha 02 de julio de 2013, relativa a Auto de Ejecución y Cómputo de Pena, resultando de difícil realización su traslado desde el referido establecimiento carcelario a la sede del órgano jurisdiccional, atendida como es la distancia existente entre ambas localidades, es por lo que, en aplicación analógica de la norma del artículo.....