este Juzgado de Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, ORDENA no modificar, ni sustituir las Medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA impuestas al adolescente Identidad Omitida (Arts. 65 y 545 de la LOPNA), a tenor de la atribución contenida en el literal ¿a¿ del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como es vigilar que se cumpla plenamente de acuerdo con la sentencia que la ordena.