Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de FLOR DEL VALLE QUINTANA RIVERA y KENYS JOSE PASTRAN SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.749.023 y V-15.782.470, respectivamente, fundamentado en el supuesto del desafecto establecido en la sentencia Nº 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 8 de diciembre de 1994 por ante el Registro Civil del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta Nº 11, tal y como consta.....