este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en OCUMARE DEL TUY, de conformidad con lo establecido en los artículos 149 y 152 la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR la solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento, recibida el día 29/10/2015, hecha por la ciudadana PERDOMO BASILICIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.401.395; 2) SE ORDENA oficiar al Registrador Civil del Municipio Tomás Lander del Estado Bolivariano Miranda y al Registro Principal del Estado Bolivariano de Miranda, a fin de que se sirvan INSERTAR la presente sentencia en los Libros de Registro respectivos y hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana PERDOMO BASILICIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédu.....