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Decisiones del dia 09/01/2003

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 5C 14257-02. N° Sentencia : Fecha: 09/01/2003
Procedimiento:
Cambio De Medida
Partes:
RODRIGUEZ VASQUEZ JULIO CESAR
Resumen:
Cabe destacar que el presente caso no procede la revisión de la medida si no, el levantamiento de la misma tal como lo prevé el artículo 250 en su sexto aparte del Código Orgánico Procesal Penal. En base a los siguientes planteamientos, este Tribunal Quinto de Control, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA la medida impuesta al ciudadano RODRIGUEZ VASQUEZ JULIO CESAR, en lo atinente a la medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo estipulado en el artículo 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal; y en su lugar ACUERDA la inmediata libertad del Imputado antes mencionado, no obstante de conformidad con lo establecido en el artículo 259 Ejusdem le Impone CAUCION JURATORIA y la medida cautelar sustitutiva menos gravosa, contemplada en el artículo 256 de la Norma Adjetiva Penal, específicamente la señalada en el ordinal 3° ya señalada en la parte motiva de la presen.....
Juez/Ponente:
Pedro Jose Natera Piñerua
Organo:
Tribunal Quinto de Control
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N° Expediente : 5C-17019-02 N° Sentencia : S-N Fecha: 09/01/2003
Procedimiento:
Cambio De Medida
Partes:
CEDEÑO GARCIA VICTOR ANDRES
Resumen:
UNICO: El artículo 264 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, establece el imputado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación de libertad, las veces que lo considere pertinente. En todo caso el Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada Tres (03) meses o cuando lo estime prudente las sustituirá por otra menos gravosas. ACUERDA: Otorgar la revisión de la medida al imputado CEDEÑO GARCIA VICTOR ANDRES, y modifica la presentación de DOS (02) fiadores que, cubran la cantidad de NOVENTA (90) Unidades Tributarias, cada uno, estipulada en el artículo 256, ordinal 8° Ejusdem y en su lugar le impone la presentación de DOS (02) FIADORES, con una capacidad económica de TREINTA (30) UNIDADES TRIBUTARIAS, cada uno y la presentación del imputado ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, cada Ocho (08) días, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 256 Ejusdem. Por lo antes expuesto, este Tribunal.....
Juez/Ponente:
Pedro Jose Natera Piñerua
Organo:
Tribunal Quinto de Control
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