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Decisiones del dia 09/01/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2E1471 N° Sentencia : 2E1471 Fecha: 09/01/2004
Procedimiento:
Negativa De Regimen Abierto
Partes:
BLANCO RICO JACKELIN GERMANIA
Resumen:
En base a los razonamientos de hecho y de derecho esbozados anteriormente, es por lo que este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la improcedencia de otorgar la fórmula de Cumplimiento de Pena contemplada en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, referida al Régimen o Destino a Establecimientos Abiertos, a la penada BLANCO RICO JACKELIN GERMANIA, plenamente identificada en autos, por no cumplir cabalmente con los requisitos exigidos en la señalada Ley en cuanto a la progresividad, además de haber sido emitida opinión desfavorable por parte del equipo técnico encargado de tal función, tal y como se dejó asentado en párrafos anteriores de la presente decisión, todo ello conforme a lo pautado en los artículos 7, 61 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en relación con el artículo 34 y 43 ordinal 1 de la Ley Orgánica Sobre Susta.....
Juez/Ponente:
Nancy Josefina Toyo Yancy
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
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N° Expediente : 1E1428-01 N° Sentencia : 1E1428-01 Fecha: 09/01/2004
Procedimiento:
Cumplimiento De Pena
Partes:
MACHADO DENNYS ALFREDO
Resumen:
PRIMERO: El cumplimiento de la pena principal que le fue impuesta al penado: MACHADO DENNYS ALFREDO, titular de la cédula de identidad N° 12.562.224, y las accesorias derivadas de esta, como lo son la inhabilitación política durante el tiempo de la condena. SEGUNDO: En relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad de conformidad a lo establecido en el artículo 16 numeral 2°, Se acuerda librar Boleta de Citación al penado a los fines de imponerlo de la presente pena accesoria, la cual deberá cumplir por un lapso de tiempo de: UN (01) AÑO equivalente a la quinta parte de la pena que le fue impuesta, pena que deberá cumplir a partir de su presentación por ante la primera autoridad civil, del lugar donde tiene fijada su residencia de conformidad a lo establecido en el artículo 22 del Código Penal
Juez/Ponente:
Nancy Josefina Toyo Yancy
Organo:
Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
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