CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE CHARALLAVE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DECIDE: CON LUGAR, la solicitud de divorcio intentada por intentada por los ciudadanos IRIS CAROLINA ZAMBRANO LEDEZMA y MIGUEL ARTURO LUNA, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.814.343 y V-16.227.044, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha 03 de diciembre de 1999, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, del Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nº 232, inserta en el libro de registro civil de matrimonios, llevados por ese Despacho.....