la Ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 13-12-2011, por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado: ANGEL MANUEL ORTIZ ARROLLO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.092.959, a cumplir la pena de: TRES(03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por ser autor responsable del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y EL Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como también fue condenado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, quedando en consecuencia DEFINITIVAMENTE FIRME a tenor de lo pautado en el artículo 178 del Código Orgánico Procesal Penal.