DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida al ciudadano RAMIREZ SEIJAS CARLOS ADRIAN, titular de la cédula de identidad N° 13.671.287 y GUZMAN TEJERA RICHARD ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° 13.232.469, respecto del hecho que diera inicio a la investigación signada bajo el Nro. 2C25912/03, nomenclatura dada este Juzgado de primera instancia en función de control; de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 11, 24, 108 numeral 7, 320 ejusdem, artículo 34 numeral 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y, a tenor de la norma del artículo 319 del texto adjetivo penal.