...decide: ÚNICO: En la facultad que confieren a este órgano jurisdiccional los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara redimida, por el trabajo, la pena que en fecha siete (07) de octubre del año dos mil ocho (2008) y con ocasión de sentencia condenatoria por el delito de robo agravado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 80 eiusdem, fuera impuesta por el Tribunal de primera instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a la persona del ciudadano DHARWIN ANTONIO MENDOZA QUIJANO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día nueve (09) de abril del año mil novecientos ochenta y uno (1981), hijo de Josefa Quijano y José Antonio Mendoza, y titular de la cédula de identidad personal número V-14.629.933, redimiéndose de la pena un tiempo de TRES (03) MESES.....