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| Decisiones del dia 09/05/2011 |
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| N° Expediente :
29495
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/05/2011 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: JUAN PABLO TORRES FIGUEREDO Y OLENA ISABEL COLOMBANI DE TORRES |
Resumen:
...Por otra parte, en lo que se refiere a que la parte demandada no señaló el objeto de la prueba, quiere advertir esta Juzgadora que para la admisión de la prueba de posiciones juradas solo se requiere que la parte que las propone manifieste su voluntad de absolverlas recíprocamente (Art.406), y de otro lado, el objeto de la prueba tiene que ver con la pertinencia de la misma, partiendo del principio del control de la prueba, es menester indicarle a la parte actora que las posiciones juradas al igual que la prueba testimonial deben versar sobre los hechos controvertidos, donde el absolvente negará o aseverará algún hecho, empero, siempre sobre lo discutido en juicio y el Tribunal conocerá si la prueba es o no pertinente al momento que la parte promovente formule el interrogatorio.
En consecuencia, los argumentos aducidos por la parte actora en su escrito de fecha 04 de mayo de 2011, deben ser desechados por este Tribunal. Así se declara.
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Juez/Ponente:
Elsy Madriz Quiroz
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
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