este Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción que por DESALOJO (juicio breve), intentó ZOILA DIAZ DE IBARRA contra RAFAEL ANIBAL APONTE, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: En desalojar la casa objeto del Contrato y hacer entrega material de la misma, totalmente solvente de los servicios públicos.-
SEGUNDO: En pagar los canon de arrendamiento vencidos y no pagados correspondientes al mes de Diciembre del 2002, todos los meses del año 2003 y los meses de enero, febrero y marzo del 2004, es decir en total Dieciséis (16) meses a razón de Quince Mil bolívares (Bs.15.000,oo) cada uno lo que hace la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.240.000,oo).
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