PRIMERO: Por cuanto la acusación presentada por la Fiscalia del Ministerio Publico reúne los requisitos exigido por el legislador en el articulo 570 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal LA ADMITE, conforme a lo establecido en el articulo 78 literal “a” eiusdem en contra del, en contra del adolescente IDENTIFICACION PROHIBIDA. SEGUNDO: ADMITE todas las testimoniales ofrecidas por la Representación Fiscal, en cuanto a las documentales ofrecidas por este para ser incorporados por medio de su lectura, este Tribunal solo admite la inspección técnica Nº 9700 113-RT-252, de fecha 30—08—2005, por cuanto la misma es útil pertinente y necesaria para el proceso. TERCERO: NO ADMITE las actas de entrevistas ofrecidas como documentales por la representación Fiscal en razón de que no fueron evacuadas bajo la figura de prueba anticipada y estas no pueden sustituir el testimonio de las personas que las rindieron las cuales deberán comp.....