DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de las accionantes. SEGUNDO: SE CONFIRMA con distinta motivación, la sentencia de fecha 05 de Abril de 2022, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara SIN LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas OMAIRA GONZALEZ y MARIA ROMERO por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES contra la entidad de trabajo DROGUERIA NENA, C.A. TERCERO: Se condena en costas por la naturaleza del presente fallo de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regís.....