Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Declara con lugar la solicitud de la defensa y decreta la nulidad del acta de Constitución del Tribunal Mixto y en consecuencia, ordena la celebración de un nuevo acto de Constitución del Tribunal Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando para que se constituya el Tribunal el día MIERCOLES NUEVE (09) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008), a las 9:00 de la mañana, de conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal.