...por Autoridad que la Ley le confiere decreta:
PRIMERO: Se acuerda la MEDIDA DE PROTECCION de conformidad con lo establecido en el artículo 21 ordinal 1° de la ley especial, la cual consistirá en CUSTODIA RESIDENCIAL MEDIANTE LA VIGILANCIA DIRECTA, practicada por funcionarios del INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO MIRANDA, a la dirección suministrada por la ciudadana CARMEN LUISA AMARO PEREZ, como su residencia, y de sus familiares, la cual es: Vía San Pedro de Los Altos, a 100 metros antes de la posada Padre Tinoco, casa Nro. 107, de color blanco con raquira, de tres niveles, el último está techado de acerolit, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, numero telefónico: 0424-153.98.73; 0212-389.44.68 (Rosa de Amaro) y 0212-322.79.44 (Katty Amaro), durante un lapso de tiempo de TRES (03) meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 42 ejusdem relacionado con la prórroga de la protección, quienes tendrán un lapso de veinticuatro ho.....