acuerda OTORGAR a los ciudadanos: IVAN ENRIQUE TOVAR VALERA, venezolano, natural de Caracas, nacido el 21-09-1983, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.032.014, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Ivan Tovar (v) y Letis Valera (v), residenciado en: Urbanización El Calvario, calle Colombia, Quinta Estefanía, casa N° B-39, Guarenas, Estado Miranda y JESUS EDUARDO GONZALEZ LUCENA, venezolano, natural de Caracas, nacido el 13-10-1987, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.652.900, de estado civil soltero, de profesión u oficio analista, hijo de Jesús González (v) y Maritza Lucena (v), residenciado en: Urbanización El Calvario, Conjunto Residencial Los Caminos, edificio Cristina, piso 02, apto 2C, Guarenas, Estado Miranda, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse por ante la sede de este Juz.....