DISPOSITIVO
En fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, CON LUGARla Inhibición planteada por el Juez Adolfo Hamdan González, Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques y en consecuencia, a partir de la presente fecha, este Tribunal Superior continuará conociendo del presente asunto hasta dictarse la decisión correspondiente, de conformidad a lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.