DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que incoara la entidad de trabajo FABRICA DE BOLSAS PLASTICAS SANTA CRUZ, C.A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 002-2022 EXP Nº 030-2020-01-000201, DE FECHA 04-02-2022, DICTADA POR LA INSPECTORIA DEL TRABAJO JOSÉ RAFAEL NUÑEZ TENORIO, CON SEDE EN GUATIRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con ocasión del procedimiento de Reenganche y Restitución de Derechos incoado por el ciudadano PUMERO IBARRA PEDRO JOSE, Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de Identidad N° V- 6.350.963, contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil FABRICA DE BOLSAS PLASTICAS SANTA CRUZ, C.A., por lo que se le imparte la correspondiente HOMO.....