declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana JULIA HERIBERTA PEREZ BLANCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.056.268, de las bienhechurías que se encuentra ubicada en: Sector Víctor Baptista, Calle Víctor Baptista, Casa S/N, Parroquia San Pedro, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de veinticuatro (24) folios útiles, la cual fue redactada por la abogada NULBY PALACIOS, Defe.....