DECLARA la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, que fueran impuestas al ciudadano HERNÁNDEZ TORTOZA JOSÉ GREGORIO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.935.524, que fueran impuestas Por el Juzgado Segundo en función de Control Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, por ser autor responsable del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de la derogada Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ahora 34 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Todo conforme a lo previsto en llos artículos 479 numeral 1, y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia a lo previsto en los artículos 105 y 16 todos del Código Penal.