declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de: GALÍNDEZ MIJAREZ GIOVANNY RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad N° 11.160.167, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Control de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 25 de julio de 2002, a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los artículos 460 y 278 del Código Penal. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 103, 13 del Código Penal