V
DISPOSITIVO
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de fecha 01 de julio de 2015, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara sin lugar la calificación de despido, no se condena en costas a la parte actora, por la naturaleza del procedimiento de calificación de despido y considerando que la acción no es temeraria. TERCERO: no hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE C.....