DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Rio Chico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos MAIGUALIDA RUIZ REYES y JOSE MANUEL MELO URQUIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.544.916 y V-6.226.583, respectivamente, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia N° 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MAIGUALIDA RUIZ REYES y JOSE MANUEL MELO URQUIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad.....