DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano del ciudadano DARÍO JOSÉ MUÑOZ, quien dijo ser: de nacionalidad venezolano, natural de Rubio, Estado Táchira, de estado civil soltero, de profesión u oficio oficinista, residenciado en la Carretera Panamericana, Kilómetro 27, casa N° 05, Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.466.008, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas Menos Graves en Accidente de Tránsito previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1° en relación con los artículos 415 y 418 del Código Penal, en perjuicio del NOGUERA MARÍA DEL CARMEN, RIVAS MALDONADO MARIELA, MALDONADO DE RIVAS MARINA, SKESBERS ASTRID Y SKESBERS LIAMARA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 6º del Código Penal, y a tal efecto se le ACUERDA SU.....