...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos TERESA GIL y GONZALO RIVAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.054.670 Y 9.026.815, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 20 de Marzo del año 1984, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 19, correspondiente al Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho organismo durante el año 1984, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.-