DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado JUAN CARLOS RODRIGUEZ ASCANIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.921.810, venezolano, nacido en fecha 04 de septiembre de 1986, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, de esta misma Circunscripción Judicial quien lo condenó a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 455 en concordancia con el Artículo 80 primer aparte ambos del Código Penal, en relación con la agravante genérica establecida en el Artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente; así como también a las penas accesorias previstas establecidas en el Artículo 16 del Código Penal vigente; de conformidad con lo previsto en el Artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.