Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana IRAIDEE COROMOTO MAURERA DE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.055.069, debidamente asistida por la abogada CARMEN OFELIA MEJIA MATHEUS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 190.057. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA, al ciudadano ADALBERTO MARTINEZ MORALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.583.104, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 10 de mayo de 1.988, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro de los Altos, del Municipio Guaicaipuro, estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 30 cursante a los folios 17 y 18 del expediente., todo.....