DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N|2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada por este Tribunal en fecha 26 de diciembre del 2.003, y en su lugar, le IMPONE las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, establecidas en los ordinales 3° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante este Tribunal, cada ocho (08) días; así como la presentación de dos (2) a Cuatro (04) fiadores, que acrediten en su conjunto la cantidad de Ciento Veinte (120) UNIDADES TRIBUTARIAS, debiendo consignar para su verificación, los documentos que a continuación se señalan: Carta de Residencia, Carta de Buena Conducta, Constancia de Trabajo, todos recientes, así como fotocopia de la.....