REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN GUARENAS
204º y 156º
Guarenas, 10 de febrero de 2016
Visto el escrito presentado en fecha 25 de enero de 2016, por la profesional del derecho EDUVIGES USECHE MOLINA, inscrita en el inpreabogado bajo el No.24.017, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada INVERSIONES LOMBAR MOLIN C.A, donde expone que IMPUGNA la experticia complementaria del fallo alegando que el salario mensual que tomo errada e involuntariamente el experto para el calculo de antigüedad de Bs.6.037,50, en razón que ese salario era el integral, que al tomarlo como salario básico el experto le adiciona nuevamente las alícuota.....