Por todos los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara improcedente el reclamo presentado por la Abogada Luisa Elena López Quijada, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.277 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en consecuencia ratifica la experticia complementaria del fallo, consignada por la Lic. ROSA M. TORRES en fecha 15-12-2022 (folio 180 al 187 y su vuelto del expediente), ordenada por el juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en fecha 07-11- 2022, en atención a la demanda interpuesta por el ciudadano abogado REINOLDS HUMBERTO GUERRA, contra la entidad de trabajo M.....