En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: ALESSANDER OCAMPOS VANEGAS y KATERINE VANESA GARCIA ARIAS, cedulas de ciudadanía colombiana, mayores de edad, cónyuges, civilmente hábiles y titulares de la Cédula de Identidad Nros. 9.867.248 y 1.126.905.763 respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal