...por autoridad de la ley, en la competencia que le atribuyen los artículos 69, en su último aparte, 471 del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, se declara la extinción de la pena principal y Corporal de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, delito mediante la cual se condeno al ciudadano JHONNY JOSE GARCIA CEDEÑO, por decisión dictada en fecha 16-12-1998, por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente para la época en que sucedieron los hechos; extinción está declarada en razón del total cumplimiento de la pena.
SEGUNDO: En relación a la pena accesoria de inhabilitación política y de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, est.....