SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, por un lapso de DOS (02) AÑOS, al ciudadano: JHONATHAN ESTEVE ZAMBRANO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.17.458.578, domiciliado en Menca de Leoni, frente al bloque 55, casa Nro 83, color gris, al lado de la escuela Menca 2, Guarenas telf: 361-35-87, 0414.141-08-16, quien deberá cumplir con las condiciones señaladas en la presente decisión. Asimismo, acuerda sustituir la medida Privativa de Libertad, por una medida menos gravosa, como lo es una medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las prevista en el articulo 256, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, relativa a un Régimen de Presentaciones por ante este tribunal cada sesenta (60) días, los días miércoles, en consecuencia Líbrese boleta de Libertad a nombre del referido ciudadano.