Por todos los razonamientos que han quedado expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SECCIÓN ADOLESCENTES, EXTENSIÓN BARLOVENTO CON SEDE EN GUARENAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO. SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto en el articulo 415 del Código Penal en perjuicio de GUILLERMINA MARTIN LOYO todo en conformidad con lo preceptuado en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO. DECLARA SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Publico de sobreseimiento de la causa seguida a la niña IDENTIDAD OMITIDA de 11 años de edad, por cuanto este Tribunal de responsabilidad penal no es competente para conocer de los hechos en los cuales participara presuntamente la niña, ya que la misma estaba suje.....