...1°) DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la defensora SONSIRETH PERDOMO y ACUERDA mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad, impuesta a los acusados YEINER WILFREDO CABARCA ORTEGA Y WILMER JOSE SALCEDO, titulares de la Cédulas de Identidad Números 19. 292.710 y 20.211.347, respectivamente, de conformidad con los artículos 244 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
2°)Se Insta a la abogada SONSIRETH PERDOMO, a que antes de acusar a un Tribunal de la República de mantener privaciones de libertad ilegítimas en contra de su defendidos, lo que es un delito de conformidad con el artículo 176 del Código Penal, verifique previamente el procedimiento y los lapsos procesales aplicables a la causa respectiva...