DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la entidad de trabajo LENA ENGENHARIA E CONSTRUCOES, S.A. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 06 de febrero del 2017 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en consecuencia; se declara CON LUGAR la demanda por cobro de diferencias salariales incoara el ciudadano MEDARDO JOSÉ GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, por lo que se condena a la demandada al pago de salario de los periodos 19 al 25 de marzo, del 09 al 15 de abril, del 23 al 29 de abril correspond.....