ORDENA SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que fuera impuesta en su oportunidad al joven IDENTIDAD OMITIDA acordándosele la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 Ejusdem, medida ésta que cesará una vez concluido el remanente de la sanción que le falta por cumplir DE PRIVACION DE LIBERTAD, Se fija la correspondiente audiencia de imposición de la presente decisión para el día 12 de Junio del 2008 a las 11:30 horas de la mañana.