Primero: SIN LUGAR el recurso subjetivo de apelación ejercido por el ciudadano JORGE DAVID PEREZ, en su carácter de parte demandante y debidamente asistido de Abogado, contra la sentencia dictada el 05 de marzo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declarara sin lugar la demanda incoada, condenando en costas a la parte perdidosa.
Segundo: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 05 de marzo de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Tercero: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.
Cuarto: Remítase el presente expediente en su debida oportunidad legal.