Emite los siguientes pronunciamientos: DECLARA Prescrita la Sanción impuesta al adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, y en consecuencia DECRETA la extinción de la sanción, y la Libertad Plena, seguida al adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, por la comisión del Delito HURTO CON FRACTURA previsto en el artículo 455 ordinal 4to del Código Penal, POR HABER OPERADO DE PLENO DERECHO LA PRESCRIPCIÓN de la Sanción. En perjuicio de la colectividad Y ASI SE DECLARA. Así mismo se ordena al centro de información policial que el joven adulto antes identificado sea excluido de pantalla.