acuerda OTORGAR en la presente causa seguida al imputado: ARTEAGA MEDINA LENY OSWALDO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.483.286, la Medida de protección a favor de la victima conforme al artículo 87 ordinales 3º 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de violencia. Relativa a la Salida inmediata de la vivienda en común con la victima, prohibición expresa de acercarse a la presunta victima a su lugar de residencia y de trabajo y la prohibición de realizar por si mismo o por terceras personas actos de persecución o intimidación en contra de la presunta victima de este caso.