En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: GUTIERREZ GARCIA MARIA DE LOS ANGELES y QUINTERO BULLON SERGIO ORLANDO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.527.553 y V-6.031.492, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 30 de Julio de 1981, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Vega, Concejo Municipal del Distrito Federal, Departamento Libertador, según consta de acta de matrimonio Nro. 144.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Mun.....